Subvención al Autónomo

Solicita tu Ayuda de Digitalización al Autónomo

Empleo convoca ayudas de hasta 6.000 euros para la digitación de autónomos y empresas de economía social

¿Qué son estas ayudas?

Son Subvenciones destinadas por la Junta de Andalucía para la Modernización Digital y la mejora competitiva de los Autónomos y trabajadores por cuenta propia agrarios o empresas de economía social.

El objetivo de esta ayuda es cubrir el 100% de los costes de el proceso de digitalización. El aporte irá desde los 1.000€ mínimo hasta los 6.000€ como máximo

Requisitos para SOLICITAR tu Subvención

Los requisitos para solicitar la ayuda para autónomos serán:

Beneficiarios de la Subvención

  • Autónomos o personas por cuenta propia.
  • Personas trabajadoras por cuenta propia agrarias.
  • Mutualistas.
  • Sociedades Cooperativas andaluzas.
  • Sociedades Laborales de Andalucía.

Estrategias de Marketing Digital Ofertadas

Preguntas Frecuentes

¿Hasta Cuándo es el Plazo de la Solicitud?

Puedes presentar tu solicitud hasta el día 25 de mayo de 2022 inclusive.

Las solicitudes serán seleccionadas por estricto orden de registro de entrada en la Sede Electrónica (concurrencia no competitiva).

¿Quién puede ser Beneficiario de esta Subvención?

Existen dos líneas que pueden beneficiarse de la ayuda:

  • Línea 1: personas por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas.
  • Línea 2: sociedades cooperativas andaluzas y sociedades laborales de Andalucía.
¿Cuánto es el importe de las Subvenciones?

La ayuda mínima será de 1.000€, siendo el límite subvencionable de 6.000€ (excluyendo el IVA) El porcentaje de la subvención podrá alcanzar el 100 % de los gastos.

¿Cuáles son los Proyectos de Digitalización Subvencionables?

Los Proyectos Subvencionables se dividen en torno a dos modalidades, dentro de las cuales se incluyen diferentes propuestas de digitalización que se pueden solicitar:

Modalidad A: soluciones de transformación digital

  • Adquisición de software de gestión empresarial, de relación con el cliente o similares.
  • Equipos informáticos necesarios para la instalación y funcionamiento de dicho software.
  • Adquisición de aplicaciones para el desarrollo e implementación de soluciones de digitalización.
  • Gastos de consultoría.
  • Contratación de servicios en la nube.
  • Otras soluciones digitales.

Modalidad B: estrategias de Marketing Digital

  • Gastos profesionales relacionados con el marketing digital y publicidad en Internet.
  • Gastos de consultoría sobre estrategia digital.
  • Gastos de consultoría sobre aspectos legales y normativa de comercio electrónico.
  • Gastos de formación del personal y de migración y carga de datos.
  • Gastos profesionales de diseño de páginas webs y tiendas online.
  • Otros gastos relacionados con las páginas webs y tiendas online.

 

No serán subvencionables, la adquisición de televisores, reproductores de sonido e imagen, teléfonos móviles, tablets o cualquier otro equipamiento informático, que no estén vinculados directamente y de manera indubitada a la correcta instalación y/o funcionamiento del software de gestión empresarial.

¿Cuál es la fecha máxima de ejecución?

Los proyectos de inversión tendrán como fecha máxima de ejecución seis meses desde que se dicte la resolución de concesión.

¿Cómo se justifica la ayuda?
  • Documentación justificativa de todos los gastos incurridos para la ejecución del proyecto de inversión, aún en el caso de que la cuantía de la subvención concedida fuese inferior.
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, que incluya: el proyecto subvencionado; la modalidad del proyecto A y/o B; la fecha de inicio y fin de las actuaciones, con indicación de las actuaciones realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Informe del impacto de las actuaciones en redes sociales o en internet, detallando número de usuarios a los que ha llegado la actuación.
  • Pruebas gráficas demostrativas de las obligaciones de publicidad.
  • Una memoria económica justificativa del coste de las actuaciones realizadas.
  • La acreditación del pago se realizará con la siguiente documentación: Transferencia bancaria.

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